Abogados para construcción e infraestructura en República Dominicana
Contratistas, desarrolladores, ingenieros y fiadores encuentran en VSP una firma que entiende el contrato de obra y la fianza que lo garantiza, porque nuestros socios han suscrito fianzas de construcción durante más de treinta años.
Obra pública y privada
La contratación pública de obras se rige por la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones y su reglamento, bajo la supervisión de la Dirección General de Contrataciones Públicas, con procedimientos de licitación, garantías de seriedad de oferta y de fiel cumplimiento, y recursos de impugnación. La obra privada se rige por el Código Civil y por los contratos que las partes redactan, y la responsabilidad del constructor por vicios de la obra se extiende por diez años.
Asesoramos en todo el ciclo: precalificación y licitación, negociación del contrato, fianzas y seguros, ejecución, cambios y reclamaciones, recepción de la obra y liquidación.
- Licitaciones públicas, impugnaciones y contratos con el Estado bajo la Ley 340-06
- Contratos de obra, diseño y construcción, EPC y subcontratación
- Fianzas de seriedad de oferta, fiel cumplimiento, anticipo y vicios ocultos
- Seguros todo riesgo construcción, responsabilidad civil y equipo
- Reclamaciones por cambios, retrasos, sobrecostos y suspensión de obra
- Cobro de certificaciones de obra y ejecución de garantías
- Alianzas público privadas bajo la Ley 47-20
- Permisos de construcción, licencias ambientales y contratación laboral en obra
Fianzas de construcción
La fianza de fiel cumplimiento protege al dueño de la obra frente al incumplimiento del contratista, y su reclamación exige un procedimiento preciso. Asesoramos a contratistas sobre cómo obtener capacidad de fianzas y qué colateral e indemnidades firman, a dueños de obra sobre cómo reclamar correctamente, y a fiadores sobre la investigación de la reclamación, la terminación de la obra y la recuperación contra el contratista.
Contratistas extranjeros
Empresas constructoras de Estados Unidos, España y América Latina que ejecutan obras en el país necesitan una sucursal o filial dominicana, registro como contratista del Estado cuando aplica, fianzas emitidas por compañías autorizadas en el país y contratos alineados con el derecho dominicano. Montamos toda la estructura y la mantenemos en cumplimiento durante la obra.
Preguntas frecuentes
¿Puede un contratista extranjero licitar obra pública en República Dominicana?
¿Qué garantías exige la Ley 340-06?
¿Cuánto dura la responsabilidad del constructor por defectos?
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