Derecho corporativo y societario en República Dominicana
Constituimos, estructuramos y acompañamos sociedades comerciales dominicanas y extranjeras en cada etapa de su vida, desde el acta constitutiva hasta la fusión, la venta o la disolución, con la misma atención al detalle que exige un tribunal o un regulador.
Qué hacemos en derecho corporativo
El derecho corporativo en República Dominicana está gobernado por la Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada No. 479-08, modificada por la Ley 31-11, y por la Ley 3-02 sobre Registro Mercantil. Sobre ese marco se superponen el Código Tributario, la Ley 155-17 contra el lavado de activos y las normas de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) sobre beneficiarios finales. Nuestro trabajo consiste en que la sociedad del cliente cumpla con todo ese entramado sin perder agilidad operativa.
Asesoramos a empresas dominicanas, a filiales de grupos extranjeros y a inversionistas individuales. Un número importante de nuestros clientes son sociedades de Estados Unidos y Puerto Rico que abren operaciones en el país y necesitan un abogado corporativo que hable el idioma de su casa matriz y entienda el sistema civilista dominicano al mismo tiempo.
- Constitución de S.R.L., S.A., S.A.S. y E.I.R.L., y registro de sucursales de sociedades extranjeras
- Estatutos sociales, pactos de accionistas y acuerdos de socios
- Gobierno corporativo: consejos de administración, comisarios de cuentas, actas y libros sociales
- Aumentos y reducciones de capital, transformaciones, fusiones y escisiones
- Fusiones y adquisiciones: debida diligencia legal, contratos de compraventa de acciones y cierre
- Contratos comerciales: distribución bajo la Ley 173, agencia, franquicia, suministro y servicios
- Reorganizaciones, disoluciones y liquidaciones ordenadas
- Cumplimiento anual: asambleas, renovación del Registro Mercantil, declaraciones de beneficiario final
El marco legal que aplicamos
La Ley 479-08 ofrece una variedad de tipos societarios. La sociedad de responsabilidad limitada (S.R.L.) es la forma más utilizada por empresas medianas y por filiales extranjeras por su flexibilidad y su capital mínimo de RD$100,000. La sociedad anónima (S.A.) es la forma obligatoria para las entidades reguladas, como aseguradoras y entidades de intermediación financiera, y exige un comisario de cuentas y un capital autorizado mínimo de RD$30,000,000. La sociedad anónima simplificada (S.A.S.) permite gran libertad estatutaria y es idónea para empresas familiares y vehículos de inversión. La empresa individual de responsabilidad limitada (E.I.R.L.) protege el patrimonio de un único titular.
Cada forma tiene consecuencias distintas en materia de responsabilidad, gobernanza, fiscalidad y facilidad para recibir inversión. Explicamos las diferencias en términos prácticos y recomendamos la estructura que mejor sirve al plan de negocios del cliente, incluida la comparación con una LLC o corporación estadounidense cuando el cliente opera en ambos países.
Fusiones, adquisiciones y transacciones
En operaciones de compra o venta de empresas coordinamos la debida diligencia legal, laboral, fiscal e inmobiliaria, redactamos las cartas de intención y los contratos definitivos, y diseñamos los mecanismos de precio, garantías y retenciones que protegen al comprador o al vendedor según el caso. Cuando la transacción involucra a una parte extranjera, alineamos el contrato con las expectativas de su jurisdicción de origen y con lo que un tribunal dominicano efectivamente hará cumplir.
Nuestra experiencia en seguros y fianzas añade una dimensión que pocos despachos corporativos ofrecen: estructuramos garantías de cumplimiento, seguros de representaciones y garantías, y fianzas que dan seguridad a las partes sin inmovilizar capital.
Cómo trabajamos
Cada asunto corporativo lo lleva un socio. Presupuestamos por fases, respondemos dentro del mismo día hábil y entregamos documentos en español, en inglés o en ambos, listos para firmarse ante notario dominicano o para presentarse ante el consejo de administración de la casa matriz. Trabajamos con contadores, actuarios y auditores afiliados cuando la operación lo requiere.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tarda constituir una sociedad en República Dominicana?
¿Puede una sociedad extranjera ser accionista única de una sociedad dominicana?
¿Qué obligaciones anuales tiene una sociedad dominicana?
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