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Fianzas de cannabis en Estados Unidos: lo que el inversionista dominicano debe saber antes de poner su dinero

Por Constantin Poindexter
Portada de la Guía del operador de cannabis sobre fianzas de garantía y de fidelidad, edición en español 2026, publicada por Surety One, Inc.

Cada semana llega a nuestro despacho un cliente con la misma pregunta: un socio, un familiar o un fondo le propone participar en un negocio de cannabis legal en Estados Unidos, el retorno proyectado es atractivo, y quiere saber cuáles son los riesgos. La conversación suele empezar por la ley federal y el tratamiento bancario, y termina casi siempre en un tema que nadie le había mencionado: las fianzas de cannabis que el estado exige a cada licenciatario, y lo que esas fianzas revelan sobre la empresa en la que piensa invertir.

Por eso hemos decidido presentar en este espacio la nueva edición en español de la Guía del operador de cannabis sobre fianzas de garantía y de fidelidad, publicada por Surety One, Inc. en octubre de 2026 y disponible gratuitamente, sin registro, en CannabisSuretyBonds.com/es. Es la referencia más completa en nuestro idioma sobre el tema, y este artículo explica por qué un inversionista dominicano debe leerla antes de firmar.

Qué son las fianzas de cannabis y por qué existen

En Estados Unidos el cannabis sigue siendo una sustancia controlada bajo la ley federal, pero cerca de cuarenta estados han legalizado su uso medicinal, de uso adulto o ambos. Cada uno de esos estados regula la actividad con un rigor comparable al de la banca o el juego, y uno de los instrumentos centrales de ese régimen es la fianza de garantía, conocida en inglés como surety bond.

La fianza es un contrato entre tres partes: el licenciatario (principal), la autoridad que exige la fianza (beneficiario) y la compañía fiadora que la emite. Si el licenciatario deja de pagar impuestos, abandona un cultivo sin restaurar el terreno, no destruye el producto conforme a la ley o viola el estatuto de licencias, el estado reclama contra la fianza, la fiadora paga, y luego recobra del licenciatario y de sus dueños bajo un acuerdo general de indemnización. Las fianzas de cannabis no son un seguro para el operador. Son un instrumento de crédito que el estado ejecuta sin necesidad de demandar.

Las sumas varían enormemente. California exige $5,000 por cada licencia. Illinois exige $50,000 a los dispensarios y hasta $2,000,000 a los centros de cultivo. Oklahoma exige $50,000 por cada licencia de cultivo comercial. Florida exige $5,000,000 a cada centro de tratamiento de marihuana medicinal. A esto se suma un mosaico de condados y municipios, sobre todo en California, que imponen fianzas locales adicionales, y un programa paralelo de fianzas de cáñamo y CBD en Georgia, Ohio, Colorado y varios condados californianos.

Lo que la fianza le dice al inversionista

Para quien compra una participación en una empresa de cannabis, la fianza es una radiografía que vale la pena leer con atención, por tres razones.

  • La fianza es una obligación personal de los dueños. Toda fianza de cannabis está respaldada por un acuerdo general de indemnización que firman el principal y, normalmente, todo socio con diez por ciento o más de participación. Quien adquiere ese porcentaje adquiere también la obligación de reembolsar a la fiadora cualquier pérdida. Un inversionista dominicano que cruza ese umbral debe saber que está asumiendo una garantía personal, no solo un riesgo de capital.
  • La fianza es un indicador de solvencia y de cumplimiento. Las fianzas de $25,000 o menos se emiten con solo una solicitud. Las mayores requieren estados financieros de la empresa y personales de los dueños, y las obligaciones de restauración, desmantelamiento o desempeño exigen además análisis de colateral. Una empresa que no consigue fianza en el programa estándar y acude al programa no estándar está diciendo algo sobre su crédito y su historial. Una reclamación pagada contra la fianza dice todavía más.
  • La fianza es una condición de la licencia. Si la fiadora cancela o no renueva, el estado suspende la licencia. Una empresa con un historial de cancelaciones o lapsos es una empresa cuyo activo principal, la licencia, ha estado en riesgo. Esa información aparece en el expediente regulatorio y debe formar parte de toda diligencia debida.

La guía dedica secciones completas a cada uno de estos puntos: la naturaleza de las obligaciones, cómo se suscriben y se cotizan las fianzas de cannabis, cómo se desarrolla una reclamación, la cancelación y la reinstalación, y una tabla de requisitos estado por estado con veintidós programas estatales, trece locales y cinco de cáñamo.

La fianza de fidelidad: el riesgo que se queda dentro de la empresa

Hay un segundo instrumento que el inversionista debe exigir ver, y la guía lo trata con el mismo detalle: la fianza de fidelidad, o póliza de crimen comercial. Mientras la fianza de garantía protege al estado frente a la empresa, la fianza de fidelidad protege a la empresa frente a sus propios empleados.

El cannabis es una industria intensiva en efectivo, con un producto portátil, valioso y fácil de desviar, y con una fuerza laboral que rota con rapidez. Un solo empleado deshonesto puede drenar seis cifras de un dispensario antes de que la conciliación de inventario detecte la pérdida. Las aseguradoras tradicionales suelen negarse a suscribir esta cobertura para negocios que tocan la planta. Una empresa que no la tiene está transfiriendo ese riesgo, íntegro, a sus accionistas. Entre ellos, al inversionista dominicano.

Lo que debe mirar desde la República Dominicana

La guía de Surety One cubre el lado estadounidense con rigor. Nuestro trabajo en VSP Law es el otro lado, el que empieza en Santo Domingo, y conviene adelantar aquí los temas que un cliente dominicano debe analizar con su abogado antes de invertir.

  • Residencia y nacionalidad en las licencias. Varios estados imponen requisitos de residencia o limitan la participación de personas no residentes en empresas licenciadas. Una inversión estructurada sin atender ese requisito puede ser inválida ante el regulador o poner en riesgo la licencia de la empresa.
  • Tratamiento bancario y Ley 155-17. Los dividendos de una empresa de cannabis son, desde la perspectiva federal estadounidense, el producto de una actividad ilícita. Su repatriación a la República Dominicana enfrenta el régimen de prevención de lavado de activos de la Ley 155-17 y las políticas de cumplimiento de la banca dominicana, que trata estos fondos con cautela. La estructura de la inversión y la ruta de los fondos deben diseñarse antes, no después.
  • Tributación. El residente fiscal dominicano tributa en el país sobre sus rentas de fuente extranjera provenientes de inversiones financieras, conforme al Código Tributario. A ello se suma el régimen estadounidense, donde la sección 280E del Código de Rentas Internas impide a las empresas de cannabis deducir la mayoría de sus gastos ordinarios, lo que comprime el retorno neto más de lo que proyectan muchos planes de negocio.
  • La obligación de indemnización. Volvemos al punto de partida. Si la participación alcanza el diez por ciento, el inversionista dominicano firmará el acuerdo general de indemnización de las fianzas de cannabis de la empresa, y esa obligación es exigible contra su patrimonio.

Ninguno de estos temas hace inviable la inversión. Todos la condicionan. La diferencia entre un buen negocio y una pérdida está en el orden de los pasos: primero la estructura, después el capital.

Dónde obtener la guía

La Guía del operador de cannabis sobre fianzas de garantía y de fidelidad, edición en español de octubre de 2026, puede descargarse sin costo y sin registro en CannabisSuretyBonds.com/es. Fue preparada por Surety One, Inc., organización especializada en la suscripción de fianzas de garantía y de fidelidad con oficina principal en San Juan, Puerto Rico, bajo la dirección de nuestro socio C. Constantin Poindexter Salcedo, abogado, Cannabis Insurance Coverage Specialist y suscriptor de fianzas por más de treinta años. Surety One suscribe fianzas de cannabis en todo estado y territorio de Estados Unidos donde la actividad es legal, atiende en español y no rechaza a ningún solicitante de manera automática.

Para el inversionista dominicano, la lectura recomendada es la siguiente: las secciones sobre qué es una fianza y los cinco tipos de obligación, la sección de reclamaciones e indemnización, la de fianzas de fidelidad, y el glosario bilingüe, que traduce los términos que encontrará en los formularios estatales. Con esa base, la conversación con su abogado en Santo Domingo será mucho más corta y mucho más útil.

VSP Law asesora a inversionistas dominicanos en la estructuración de sus inversiones en el exterior, en el cumplimiento de la Ley 155-17 y en la planificación tributaria de sus rentas de fuente extranjera. Puede escribirnos para una consulta inicial y siempre síganos nuestro blog para novedades.

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